El 17 marzo de 2006 se aprobó el Nuevo Código de la Edificación (R. D. 314/2006 de 28 de marzo). En él se establecen unos nuevos requisitos energéticos para todos los edificios de nueva construcción o de rehabilitación importante. En ese sentido el artículo 15, "Exigencias Básicas de Ahorro de Energía (HE)" establece 5 apartados que afectan al diseño eficiente de las edificaciones:
HE 1: Limitación de la demanda energética
Se diseñarán los edificios de forma energéticamente eficiente usando adecuadamente los aislamientos, inercia, permeabilidad al aire, exposición a la radiación solar, el clima de la localización del edificio y tratando los puentes térmicos para limitar las pérdidas o ganancias de calor.
HE 2: Rendimiento de las instalaciones térmicas
Las instalaciones térmicas del edificio (calefacción, climatización, etc) tendrán unos rendimientos mínimos que se establecen en el vigente RITE.
HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación
Se adecuarán las instalaciones de iluminación al uso de los usuarios del edificio y se diseñarán de forma eficiente. Para ello se dispondrá de sistemas de control que permitan ajustar el encendido a la ocupación de la sala así como un sistema que permita optimizar el aprovechamiento de la luz natural.
HE 4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria
Para cubrir un determinado porcentaje anual de las necesidades energéticas para la producción del agua caliente sanitaria o climatización de piscinas cubiertas en función del uso de la edificación.
HE 5: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica
Se establece un mínimo de aporte de la energía eléctrica demandada a través de energía solar fotovoltaica ya sea para autoconsumo o para su inyección a la red.
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